En el presente artículo analizaremos las pólizas de accidentes personales. Básicamente cubren los accidentes de la persona asegurada. En función del seguro de accidentes puede cubrir una o varias situaciones. Analizaremos cuales son las situaciones que cubre con mayor frecuencia.
En primer lugar, cubre el fallecimiento por accidente. Se refiere, esencialmente, a cualquier fallecimiento que no sea consecuencia de una enfermedad. Aquí entrarían el fallecimiento por accidente de circulación, por accidente doméstico …. No estaría incluidos los accidentes por deportes de riesgo. Algunas compañías excluyen el esquí, con lo que si esquía, es importante que lo comunique a su mediador.
El seguro de accidentes es sustancialmente más barato que un seguro de vida. La diferencia conceptual entre ambos, que se determina en su precio, es que el seguro de accidentes sólo da cobertura en casos de accidente, mientras el de vida en caso de accidente y enfermedad.
También suele incluir la cobertura de Invalidez Absoluta por accidente. La invalidez absoluta es aquella que no permite trabajar en ninguna actividad laboral. Es decir, en el caso que usted tuviera un accidente que le dejara invalidado para el ejercicio de cualquier actividad laboral, usted cobraría el capital contratado.
Puede incluir diferentes niveles de invalidez. Esto se suele hacer mediante la cobertura de invalidez parcial ( en pólizas más nuevas ). También se aplicaba mediante la incorporación de progresividad en pólizas más antiguas.
La situación en la que aplicaría esta cobertura, es aquella en la que se produce un accidente, que genera secuelas permanentes y que tienen un grado de invalidez inferior al de la invalidez absoluta.
Imaginemos que usted tiene un accidente y se corta el dedo meñique. Dicho accidente, le permitirá seguir trabajando de su profesión habitual y no dará lugar a una invalidez absoluta. Sin embargo, usted ha tenido un accidente con una secuela. Existen unos baremos en póliza que identifican el porcentaje de cobro en cada circunstancia. Si esto genera un 5% de porcentaje, se deberá aplicar al monto asegurado de la garantía de invalidez parcial y generará el monto a cobrar. Dichos baremos varían entre compañías, con lo que es importante comparar. Lo barato normalmente tiene un motivo.
Existen asimismo una serie de oficios donde un accidente puede provocar que no puedas trabajar de tu profesión habitual pero si de otras. Por ejemplo, un cantante con su voz, un artesano con sus manos, un cirujano, un odontólogo …..
En el caso de un cirujano o un odontólogo, el perjuicio que podría tener por no poder trabajar con sus manos es muy elevado. Planteamos dos aspectos en estos casos. Incrementamos el valor a asegurar de la invalidez parcial. Por otro lado, diseñamos con compañías baremos diferentes para profesiones sensibles. Por ejemplo, para odontólogos tenemos diseñado un producto que la pérdida del dedo índice es un 100% del baremo, cuando lo normal es que sea un 30%. De este modo, nos aseguramos que, en caso de accidente, nuestro asegurado cobre el máximo posible.
Por otro lado, existen otros detalles a mencionar. Algunas compañías, en algunos productos, entienden el accidente cerebrovascular y el infarto como accidente.
Por otro lado, existen otras coberturas menores que serían la pérdida de ambos conyugues en accidente así como posibilidad de mayor capital para accidentes de circulación.
No me extiendo más, aunque el tema da para ello. Les recomiendo, en caso de interés, que se pongan en contacto con un mediador especializado en este tipo de riesgos y analicen el monto a asegurar así como qué coberturas son de mayor interés para usted.