¿Qué ocurre cuando un autónomo o empresario se pone enfermo ?

Los autónomos y los pequeños empresarios, no podemos coger la baja.

Bajo este titular hay que hacer matices. Sí se puede coger la baja, pero lo que nos paga la seguridad social no es suficiente para la gran mayoría de las necesidades económicas personales y profesionales.

Qué ocurre si caemos enfermos ¿? Qué hacemos entonces ?

A diferencia del personal asalariado, si caemos enfermos, cobramos muy poco. Por tanto, debemos echar mano de nuestros ahorros personales para tirar adelante nuestro negocio y/o familia.

Desde nuestra correduría nos encontramos frecuentemente con autónomos y pequeños empresarios que caen enfermos o tienen accidentes, generando bajas de media y largo plazo, provocando por tanto un transtorno importante al patrimonio de su familia y/o empresa.

Hace aproximadamente un año, llevé personalmente un talón de la compañía a un médico que había estado de baja. La duración de la baja había sido de seis meses por una meningitis.

No había estado nunca personalmente en la clínica y vi una gran clinica en la cual trabajaban 8 médicos más. El cheque era el segundo de 25.000 euros. En total 50.000 euros. Sin esa cantidad aportada por la compañía, el médico debería haber tenido que usar sus recursos propios. Y si no tenía 50.000 euros en la cuenta ? Tendría que pedir un crédito por estar de baja ?

Para evitar estas pérdidas patrimoniales asociadas a una eventual enfermedad o accidente, hace tiempo que comercializamos productos de baja por enfermedad y/o accidente

Si usted se pone enfermo o sufre un accidente usted cobra por cada día que está enfermo o sufre un accidente. Puede incluso cobrar más si está hospitalizado.

De este modo, no tiene que hacer uso de sus recursos propios para mantener su familia y/o empresa. Además, por una cantidad muy reducida. Usted, dependiendo de su edad, puede cobrar 1200 euros al mes por alrededor de 30 euros mensuales. Sobre estos mínimos, se puede ampliar la póliza hasta cubrir el capital necesario.

Además, si usted es autónomo, puede usted desgravarse en su declaración de renta hasta un máximo de 500 €.

No dude en ponerse en contacto con nosotros para ampliar información al respecto. Estaremos encantados de atenderle.

 

https://myc.es/index.php/blog/

https://www.linkedin.com/in/andresmartincachon/